Muchas empresas tienen dudas de cómo operar dentro de la UE, que impuestos deben pagar, si se lo pagan a la hacienda de su país o a la del país a la que hacen la compra,… Desde EuroVacas vamos a arrojar un poco de luz sobre este asunto y ayudar así a aquellos empresarios interesados en expandir su negocio a que den el paso.

Existe un tratado de libre circulación dentro de toda la Unión Europea.

En cuanto a la importación y exportación de mercancías existe un tratado de libre circulación dentro de toda la Unión Europea, esto se traduce a que las operaciones cuyo origen y destino sean dos empresas instaladas en dos países miembros de la Unión no verán sus mercancías detenidas en los servicios aduaneros de ninguno de los países y circularan como lo harian dentro de su propio país.

Sin embargo, se mantienen los impuestos relacionados con la importación de mercancías (nuestro caso IVA), que siempre se aplicaran los del país de la empresa importadora, con la posibilidad de deducirnos posteriormente dicho impuesto, aunque para esto tenemos que
ponernos en contacto con la hacienda del país que ha emitido la factura (país de la empresa exportadora a la que le compramos), trámite que se puede realizar a través de nuestra Agencia Tributaria.
Este es un proceso bastante aparatoso si tenemos que repetirlo varias veces, haciéndonos perder mucho tiempo y esfuerzos. La solución que se pone a nuestro alcance si operamos con frecuencia como importadores o exportadores dentro de la UE es darnos de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios.
Para ello tenemos que solicitar a Hacienda que nos dé de alta en dicho registro, para lo cual nos pedirá una serie de datos, entre ellos el motivo justificado por el que queremos estar inscritos en el registro, así como las empresas europeas con las que tenemos la intención de
trabajar. Si Hacienda da el visto bueno a incluirnos en el registro nos proporcionará el CIF Intracomunitario, que nos servirá para operar con otros operadores intracomunitarios europeos.
A partir de entonces, cada vez que comerciemos con otro operador intracomunitario -tienen que serlo ambos importador y exportador-, le comunicaremos que somos una empresa censada como operador intracomunitario y el vendedor emitirá una factura sin IVA, ya que no
necesitaremos exigir la devolución de dicho impuesto.
Esperamos haber ayudado a aclarar como operar dentro de la Unión Europea y que esto sirva para que más empresas accedan a operar dentro de Europa de una manera más ágil, cómoda y económica. Si os ha quedado alguna duda no dudéis en poneros en contacto con EuroVacas y os ayudaremos a resolverlas.

 

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