Si quieres planificar la exportación de animales vivos o de productos de la industria cárnica, desde EuroVacas te podemos ayudar y podrás pasar a ser parte de nuestros proveedores de confianza.

TRANSPORTE DE ANIMALETRANSPORTE DE ANIMALES VIVOS

Al igual que el transporte de mercancías peligrosas o el de mercancías perecederas, el transporte de animales vivos debe atender a una reglamentación propia, complementaria de las normas comunes del transporte por carretera.

Están sujetos a la normativa específica sobre transporte de animales vivos los transportes de animales vertebrados.

No obstante, dicha normativa no se aplica:

.- Al transporte que no se efectúe en relación con una actividad económica.

.- Al transporte desde o hacia una consulta o clínica veterinaria, por consejo de un veterinario.

.- Al transporte efectuado por agricultores en vehículos agrícolas o medios de transporte que les pertenezcan en casos en los que se exige dicho transporte para la trashumancia estacional.

.- A los transportes que efectúen los ganaderos en sus propios vehículos hasta una distancia de 50 km sólo se les aplica parcialmente.

  • Autorizaciones y documentación

Tanto los transportistas de animales como sus contenedores y medios de transporte en general deben obtener autorización para realizar esta actividad, cuya validez máxima es de cinco años. Todos ellos serán anotados en el Registro administrativo creado a tal efecto por cada comunidad autónoma; los registros autonómicos, a su vez, deben volcar sus datos en el Sistema Informático de Registro de Transportistas de Animales (SIRENTRA), gestionado a nivel nacional por el ministerio competente en materia de agricultura y ganadería.

Los transportistas, además, deben llevar para cada vehículo, y mantener durante tres años, un registro de la actividad desarrollada, conteniendo los datos relativos a sus movimientos (fecha y hora, lugares de salida y destino, número de animales transportados y especie de los mismos, conductores que los realizaron, fecha y lugar de desinfección del vehículo).

A bordo del mismo debe constar el certificado sanitario correspondiente, acreditando el origen y propietario de los animales, lugar, fecha y hora de salida y de destino y duración prevista del viaje. Igualmente, se dispondrá del oportuno certificado de desinfección del vehículo.

La realización de viajes largos (los de duración superior a ocho horas) sólo se permite si el transportista obtiene una autorización específica para este tipo de transportes, válida también para un máximo de cinco años.

Además, se requiere la previa inspección y aprobación específica del medio de transporte, que debe reunir condiciones más exigentes.

Por otra parte, el transportista ha de facilitar información pormenorizada de los procedimientos que le permiten localizar y registrar la circulación de los vehículos bajo su responsabilidad y mantener permanentemente el contacto con los conductores.

El sector ganadero se encuentra en un avance continuado gracias al uso de las nuevas tecnologías, que han dado mayor viabilidad económica a las explotaciones y más competitivas en un mercado más global.

El transporte de productos vivos tiene como objetivo que el transporte afecte el mínimo posible al bienestar del animal. Con este fin se dota de una regulación específica para el control de los riesgos asociados al transporte de animales vivos.

La Administración de origen ha de cumplir las normas higiénico-sanitarias y de protección de los animales aplicables y las empresas dedicadas al transporte de animales deben llevar, para cada medio de transporte, un registro o soporte informático donde se reflejen todos los movimientos de los animales:

  1. Especie
  2. Número
  3. Origen
  4. Destino

 

Al llegar a la aduana de destino el Inspector Veterinario dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación realiza los controles veterinarios de los animales vivos y productos de origen. Controlan Animales vivos de todas las especies, excepto los peces, moluscos y crustáceos destinados al consumo humano.

El control veterinario de la partida debe constar de los siguientes puntos:

.- Control documental

.- Control de identidad e Inspección física

  • El control veterinario completo de la partida se debe llevar a cabo por parte de la Dependencia de Agricultura y Pesca que elija el operador, es decir a la que envíe la solicitud, siendo con carácter general preferible el control en origen, siempre que sea posible. Tienen la potestad de decidir que animales tienen que quedar en cuarentena.

En el Estado Español se procede a inspeccionar al menos el 10 % de las partidas de animales vivos.

Ejemplo de actuación aduanera para mitigar riesgos fitosanitarios:

esquema

 

DOCUMENTOS DE TRANSPORTE

El transporte de animales sólo podrá efectuarse si se lleva en el medio de transporte la documentación que acredite:

  1. el origen y el propietario de los animales;
  2. el lugar de salida;
  3. la fecha y hora de salida;
  4. el lugar de destino previsto;
  5. la duración prevista del viaje.

 

El transportista proporcionará a las autoridades competentes, a petición de estas, los documentos mencionados en el apartado 1.

DOCUMENTO DE SALIDA

esquema2

 DOCUMENTO DE DESTINO

esquema3

El transportista entregará una declaración con respecto al transporte realizado, en el plazo del mes siguiente a la finalización del mismo.

declaracion transportista

Si quieres planificar la exportación de tu ganado vacuno de carne desde EuroVacas te podemos ayudar y podrás pasar a ser parte de nuestros proveedores de confianza

MODALIDAD DEL TRANSPORTE: MARÍTIMO

El TÉRMINO CFR

El vendedor/exportador se hace cargo de todos los gastos, incluido el flete, para que la mercancía llegue al puerto del destino convenido. No obstante, el riesgo de pérdida, daño de la mercancía o cualquier otro gasto adicional producido una vez realizada la carga en el buque, en el puerto de origen, corre a cargo del comprador/importador.

transporte maritimo

transporte animales

En este término generalmente aparecen desacuerdos en el momento de asumir los costes de descarga en el puerto de destino.

Los términos Incoterms® definen de forma clara quién asume el coste de los gastos de descarga en el puerto de destino, ya que queda claro que el comprador debe pagarlos, a menos que estos estén incluidos en el flete de la línea regular. De esta manera, si el vendedor asume dichos gastos como parte del flete, debe indicarlo en el contrato de compraventa para que el comprador sepa exactamente qué costes deberá pagar al realizarse la operación.

1.- DEFINICIÓN

Término utilizado exclusivamente cuando el transporte de la mercancía se realiza por barco (mar o vías fluviales de navegación interior).

El vendedor pagará los gastos y el flete necesarios para hacer llegar la mercancía al puerto de destino convenido, si bien el riesgo de pérdida o daño de la mercancía se transfiere del vendedor al comprador cuando la mercancía traspasa la borda del buque en el puerto de embarque. Este término exige que el vendedor despache la mercancía de explotación.

2. OBLIGACIONES COMPRADOR

Tiene la obligación de pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compra-venta y conseguir, por su cuenta y riesgo, cualquier licencia de importación o cualquier otra autorización oficial precisa, así como llevar a cabo todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía.

  • Aceptar la mercancía cuando ésta sea entregada y la recibirá del transportista en el puerto de destino designado. Los riesgos de pérdida o daño de las mercancía los asumirá desde el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque a no ser que no de aviso al vendedor en cuyo caso asumirá todos los riesgos de pérdida o daños que pueda sufrir la mercancía a partir de la fecha convenida o la fecha de expiración del plazo fijado para el embarque.
  • Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que haya sido entregada, así como todos los derechos, impuesto y otras cargas oficiales y trámites aduaneros, exigibles por la importación de la mercancía.
  • Cuando tenga el derecho de determinar el tiempo de embarque de la mercancía y/o el puerto de destino dará al vendedor el aviso suficiente.
  • Aceptar el documento de transporte y pagará, de no haber convenido otra cosa, los gastos de la inspección previa al embarque.
  • Otras obligaciones es pagar todos los gastos y cargas en que se haya incurrido para la obtención de los documentos y reembolsar los efectuados pro el vendedor al prestar su ayuda al respecto.
  • Posibilidad de contratar seguro para cubrir el riesgo durante el transporte en barco.
  • 3. OBLIGACIONES VENDEDOR

Suministrar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de venta, así como obtener cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial precisa y llevar a cabo todas las formalidades aduaneras necesarias para la exportación de la mercancía.

  • Contratar el transporte de la mercancía al puerto de destino designado por la ruta usual en un buque de navegación marítima del tipo normalmente empleado para transportar la mercancía descrita en el contrato.
  • Asumir los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino.
  • Entregar la mercancía a bordo del buque, en el puerto de embarque, en la fecha o dentro del plazo estipulados.
  • Asumir todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque.
  • Pagar todos los gastos relativos a la mercancía hasta que haya sido entregada, incluidos los de cargar la mercancía a bordo y cualesquier gasto que por descargarla en el puerto de destino puedan ser exigidos por las líneas regulares de navegación cuando concluyen el contrato de transporte.
  • A menos que se haya estipulado otra cosa, deberá  proporcionar, a sus propias expensas y sin tardanza, al comprador el documento de transporte usual para el puerto de destino convenido, estando eximido de presentar al comprador una copia de la   «chartes party» (póliza de fletamento).
  • Pagar los gastos de las operaciones de verificación necesarios al efecto de entregar la mercancía, así como prestar al comprador, a petición, riesgos y expensas de éste, la ayuda requerida para obtener cualesquiera documentos o mensajes electrónicos equivalentes emitidos o transmitidos en el país de embarque y/o de origen que pueda  necesitar el comprador para la importación de la mercancía.

4.- Documentación mínima a aportar por el vendedor

Factura comercial.

Lista de contenido (en el supuesto de que la expedición esté compuesta por más de un bulto).

  • Otros documentos dependiendo de las características del producto:
    • Certificado Sanitario.
    • Certificado de Metrología.
    • Certificado de Pesos.
    • Certificado CITES.
    • Otras Certificaciones relativas al producto a tramitar en el país de origen.
    • Documento de transporte marítimo (Bill of Lading Master de B/L o House de B/L).
  • En función del Régimen Comercial de Exportación, el vendedor podrá precisar para el despacho Aduanero de Exportación algunos de los siguientes documentos:
    • Licencia de Exportación.
    • Autorización Administrativa de Exportación.
    • Documento de Vigilancia Comunitaria.
    • Notificación Previa de Exportación.

5.- Medios de pago habituales

  • Transferencia.
  • Remesa simple.
  • Remesa Documentaria.
  • Crédito Documentario.

6.- GRÁFICO

  • Gráfico del momento de la entrega del incoterm CFR

La flecha verde hacia abajo ( Flecha que indica el momento de la entrega) indica el momento de la entrega por parte del vendedor, lo que conlleva el final de sus responsabilidades para con la mercancía. En este caso, el vendedor cumple con sus responsabilidades cuando la mercancía ha sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Se diferencia del FOB en que el vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino.

Recuerde que CFR es un término utilizado exclusivamente para transporte por barco, ya sea por mar o vías fluviales.

Si deseas compra animales vivos o productos de la industria cárnica desde EuroVacas seleccionamos los mejores animales y organizamos la exportación hasta cualquier lugar de entrega designado

Para más información www.eurovacas.com